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ORDEN PRE/1315/2017, de 24 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo (INAEM) y la Universidad de Zaragoza, para el desarrollo del Estudio Propio "Experto Universitario en Economía Social" 2016-2017.

Publicado el 11/09/2017 (Nº 174)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/4/0030 el convenio suscrito, con fecha 24 de julio de 2017, por la Directora Gerente del INAEM y la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 24 de agosto de 2017.-

El Consejero de Presidencia, P.S. (Decreto de 6 de julio de 2017, del Presidente del Gobierno de Aragón), El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO (INAEM) Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, PARA EL DESARROLLO DEL ESTUDIO PROPIO "EXPERTO UNIVERSITARIO EN ECONOMÍA SOCIAL" 2016-2017

En Zaragoza, a 24 de julio de 2017.

De una parte, D.ª Ana Vázquez Beltrán, Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo (INAEM), nombrada por Decreto 231/2015, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, en nombre y representación del mismo, facultada para la firma de este convenio por Acuerdo del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada celebrada el día 18 de julio de 2017.

De otra parte, D.ª M.ª Pilar Zaragoza Fernández, Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en nombre y representación de la misma, en virtud de delegación conferida por Resolución Rectoral de 19 de mayo de 2016 ("Boletín Oficial de Aragón", número 100, de 26 de mayo de 2015; corrección de errores, "Boletín Oficial de Aragón", número 227, de 24 de noviembre de 2016), con domicilio social en c/ Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza.

Todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar el presente convenio, y a tal efecto

I. Que la Constitución española impone, en su artículo 129, a los poderes públicos la obligación de promover las diversas formas de participación en la empresa y el fomento de las sociedades cooperativas, a las que hay que sumar las diversas entidades que conforman el sector de la economía social. Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón establece, en su artículo 71.31.ª, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cooperativas y el fomento del movimiento cooperativo y de otras modalidades de economía social. Estas funciones y las que se deriven de ello, corresponden al Instituto Aragonés de Empleo en virtud del artículo 2, apartado 9 de la Ley de 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo.

II. Que en este sentido, el Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón, declara como uno de sus objetivos la promoción, fomento, difusión y formación del cooperativismo, finalidad en la que también debe cumplir un destacado papel la Universidad de Zaragoza como institución de educación superior con especiales responsabilidades en el marco de la Comunidad Autónoma de Aragón y al servicio de toda la sociedad aragonesa.

Con este espíritu, el artículo 8 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, reconoce como tarea de interés general, la promoción, estímulo y desarrollo de las entidades de la economía social y de sus organizaciones representativas. Teniendo los poderes públicos entre otros objetivos: facilitar las diversas iniciativas de economía social, promover los principios y valores de la economía social, promocionar la formación y readaptación profesional en el ámbito de las entidades de la economía social.

III. Que tanto la Universidad de Zaragoza como el Gobierno de Aragón son conscientes de la importancia de las organizaciones y empresas de economía social en el desarrollo económico y social aragonés, por lo que es preciso articular los mecanismos más adecuados para facilitar la creación y dirección adecuada de este tipo de entidades.

IV. Que tanto el Gobierno de Aragón como la Universidad de Zaragoza tienen el convencimiento de la necesidad de proporcionar una formación adecuada a las personas que dirigen o van a dirigir en el futuro este tipo de entidades de economía social, entre las que destacan las cooperativas, sociedades laborales y organizaciones no lucrativas, y que esta formación debe impartirse en el ámbito universitario, a fin de obtener el mayor rango y reconocimiento de unas enseñanzas que inciden de forma directa e importante en el desarrollo social, económico y empresarial aragonés, lo que redundará al mismo tiempo en una mejora de la preparación de los titulados universitarios y de aquellos gestores que tienen ya una cualificación profesional en materias directamente relacionadas con el contenido de estos estudios.

V. Que desde el curso académico 2012-2013, la Universidad de Zaragoza, a través del curso de "Experto Universitario en Economía Social", continua con la responsabilidad de gestionar e impartir una formación adecuada a profesionales y personas interesadas en el mundo del cooperativismo y de la economía social de forma directa, tarea que desde 1963 y durante largo tiempo había llevado a cabo la Diputación General de Aragón, recogiendo la herencia de la labor realizada por la anterior "Escuela de Gerentes de Cooperativas", y que, desde el curso 2000-2001, continuó el "Diploma de Especialización en Dirección de Organizaciones de Economía Social", ya en el marco universitario. En este sentido, debe señalarse que el convenio marco suscrito entre la Diputación General de Aragón y la Universidad de Zaragoza, el 2 de octubre de 1989, prevé el incremento de la cooperación entre ambas instituciones, estableciendo unos objetivos específicos entre los que pueden incluirse esta labor de formación de los agentes y directivos de las organizaciones de economía social.

VI. Que el artículo 22 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que la Comunidad Autónoma de Aragón podrá celebrar convenios con las universidades públicas, en los que se tratará de concretar las actuaciones necesarias para el fomento de la calidad docente, la investigación y la participación de las mismas en el desarrollo cultural, económico y social de Aragón.

Conforme establece el artículo 5 de la citada Ley 1/2011, de 10 de febrero, las relaciones de colaboración y cooperación establecidas a través de este convenio por el Instituto Aragonés de Empleo con la Universidad de Zaragoza vendrán orientadas por los principios de lealtad institucional, coordinación y ayuda mutua, con el fin de propiciar un mejor servicio a los ciudadanos y una utilización racional de los recursos públicos.

VII. Que el artículo 26 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, establece que podrán concederse de forma directa las subvenciones que estén previstas en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón. A tal efecto, la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, recoge en su anexo III. C) los créditos para transferencias o subvenciones nominativas vinculantes con el nivel de desagregación que aparecen en el presupuesto y contempla en sus estados de gasto el crédito correspondiente para la financiación de las actuaciones contempladas en este convenio, tal y como se detalla en la cláusula cuarta.

VIII. Que en este sentido, el Gobierno de Aragón manifiesta su voluntad de colaboración en el fomento de la educación en las distintas vertientes de la economía social, a través del impulso de este tipo de iniciativas y la contribución en su financiación, dado el interés social, justificado por los óptimos resultados que se han obtenido a lo largo de los años, en la formación de profesionales al más alto nivel en lo que se refiere a la gerencia y dirección de las empresas y organizaciones de economía social, siendo la Universidad de Zaragoza la entidad idónea, como institución pública de investigación y educación superior al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón, reconocida como campus de excelencia internacional, quedando patente su experiencia y éxito en las iniciativas anteriormente realizadas.

Asimismo, considerando que el sector de la economía social ha demostrado que es mucho más resistente en estos tiempos de crisis, que otros sectores que operan bajo criterios meramente mercantilistas, es oportuno que el Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Empleo, siga apostando por la continuidad de colaborar con la Universidad de Zaragoza, para seguir dando respuesta a la demanda de profesionales especializados, a través de un Estudio Propio que goza de gran prestigio a nivel estatal por su alta cualificación en la formación obtenida.

IX. Que de conformidad con lo expuesto con anterioridad, hasta el momento presente y desde que la Universidad de Zaragoza se hizo cargo de la gestión del citado Estudio Propio, el Instituto Aragonés de Empleo ha venido colaborando de forma importante en su financiación, al objeto de facilitar durante un periodo de tiempo la transición de las enseñanzas impartidas desde el ámbito de una institución a la otra y lograr así su consolidación como Estudio Propio, a todos los efectos, de la Universidad de Zaragoza. Las partes manifiestan la voluntad de mantener el ámbito de esta colaboración, asumiendo las responsabilidades correspondientes para el presente curso académico 2016-2017.

X. Que según estipula el punto 3, del artículo 15 de la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad ha emitido informe favorable, con fecha 27 de junio de 2017, para la celebración del presente convenio.

XI. Que en aplicación del artículo 72.1 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, y del artículo 18 del Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón, la dotación económica para financiar el presente convenio no está sometida a intervención previa al estar contemplada nominativamente en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017.

XII. Que por otra parte, el presente convenio está incluido como una subvención de concesión directa en la Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo para el periodo 2016-2019.

Y en consecuencia con lo manifestado, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para el otorgamiento del presente documento, y acuerdan suscribir un convenio de colaboración conforme a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

Es objeto de este convenio regular la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo del Gobierno de Aragón, en adelante INAEM, y la Universidad de Zaragoza, para el desarrollo en el marco de los Estudios Propios de la Universidad, de un Estudio Propio de Postgrado titulado: "Experto Universitario en Economía Social", según las especificaciones, características y otros aspectos esenciales que se aprobaron por la Junta de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, en su sesión de 23 de septiembre de 2016, con las actualizaciones correspondientes al presente curso. Dicho estudio, se organizará siguiendo tanto las cláusulas de este convenio, como las normas establecidas por la Universidad de Zaragoza, en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de Reglamento de Oferta de Formación Permanente.

Este convenio tiene como objetivo primordial la consecución de fines de interés público en materia del espíritu emprendedor a través de la promoción, difusión y formación del cooperativismo y la economía social.

El curso va dirigido a los estudiantes egresados y profesionales provenientes de organizaciones de economía social, así como a emprendedores que pretendan desarrollar proyectos económicos y/o sociales dentro de la economía social.

El cuadro de profesorado está formado por el personal docente de la Universidad de Zaragoza y profesionales especializados y responsables de organizaciones, con el fin de lograr un conjunto equilibrado de conocimientos y transmisión de experiencias.

Segunda.- Actuaciones de la Universidad de Zaragoza.

La actividad global del Estudio Propio consta de 25 créditos ECTS, que se despliegan a través de 216 horas lectivas presenciales y de 34 horas lectivas no presenciales, que se llevan a cabo en la elaboración del Proyecto Final del Módulo VII y en las actividades de la Plataforma Virtual Docente.

El tronco principal del programa académico del Estudio Propio se divide en 6 módulos presenciales y uno no presencial de acompañamiento del proyecto. Para esta edición, se seguirá utilizando el sistema mixto de clases y talleres especializados para el desarrollo de estos módulos:

Módulo I: Fundamentos de la Economía Social (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo II: Creación de Equipo (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo III: Emprendimiento Social y Colectivo (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo IV: Bases de Gestión y Personas (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo V: Marketing y Personas (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo VI: Contabilidad y Finanzas (24 horas presenciales y 2,4 créditos ECTS).

Módulo VII: Elaboración de Proyecto Final sobre Economía Social (No presencial, 2,4 créditos ECTS).

- "Otras actividades docentes del Estudio Propio":

3 visitas profesionales a empresas y movimientos de la economía social que son referentes en la región y en el Estado: al Grupo Cooperativo Pastores (Zaragoza, Aragón), a la Corporación Cooperativa Mondragón (Mondragón, País Vasco) y al Movimiento Cooperativo en Barcelona (Barcelona, Cataluña). El conjunto de estas actividades suponen 36 horas presenciales.

"EUES Hora Prima", que aprovecha la hora previa al comienzo de las sesiones presenciales de los módulos del estudio (este curso 2016-2017, son 36 sesiones). Esta actividad pretende brindar espacios de aprendizaje en el aula para el contacto entre los estudiantes y con la realidad de la economía social aragonesa: 1) Desarrollo de un proyecto en grupo entre el alumnado sobre un tema útil y de interés para la difusión de la economía social (este curso 2016-2017, será la preparación de una ruta de empresas de inserción en Zaragoza); 2) Visitas al aula de representantes de la economía social aragonesa (entidades vinculadas a CEPES-Aragón); 3) Actividades propuestas por los alumnos que aborden un tema de interés descubierto a lo largo del curso. En total, esta actividad supone 36 horas lectivas presenciales.

"Plataforma Virtual Docente". La Universidad de Zaragoza pondrá a disposición de los alumnos inscritos en el Estudio Propio el Anillo Digital Docente, en el que los alumnos encontrarán los materiales que los docentes utilicen en las sesiones, así como otros materiales complementarios, tanto sugeridos por los mismos docentes para una mayor comprensión y ampliación de la temática de estudio concreta, como proporcionado por la dirección del Estudio Propio, para completar el panorama de la economía social como sector. En esta plataforma virtual, se propondrá la participación en foros sobre temas de interés en la economía social, sus propios proyectos finales, respuestas a preguntas o ejercicios. Esta actividad tiene asignada 10 horas lectivas no presenciales.

- "Actividades de Extensión EUES". Estas actividades son optativas para los alumnos del curso y se realizarán fuera del horario habitual. Su objetivo es ampliar la formación sobre temas específicos sobre la economía social y están dirigidas al personal de organizaciones de la economía social aragonesa, a las instituciones que le dan soporte (asesorías, Administraciones Públicas, etc.), así como a la sociedad en general. Estas actividades pretenden ser auto-financiadas, evitando que supongan un gasto añadido alguno para el Estudio Propio dentro de este convenio. En esta edición, se incluyen las siguientes actividades:

Formación en "Desarrollo Rural Sostenible", como un ámbito clave que complementa perfectamente a la economía social. Esta formación se realiza en colaboración con la Cátedra Bantierra de la Universidad de Zaragoza, que organiza dos espacios en los que se invitará al alumnado a participar: por un lado, el V Curso "Agroecología, Ecología Política y Desarrollo Rural", del 7 y 14 de marzo de 2017; y por otro, el V Encuentro "Desarrollo Rural Sostenible", que se realizará el 20 y 27 de febrero de 2017.

"Seminarios EUES", que tienen por objetivo profundizar en los conocimientos de especial interés para las entidades de economía social y otras entidades vinculadas. Estos seminarios se realizarán aprovechando la visita de ponentes de prestigio a los actos públicos realizados en el seno del estudio. Con anterioridad a la fecha de realización de los seminarios específicos, el Estudio Propio hará constar al INAEM el ponente, fecha, hora y lugar de la realización de los mismos.

- "Calendario docente": El Estudio Propio se realizará en periodo docente de un curso, del 2 de noviembre de 2016 al 16 de junio de 2017. Asimismo, los proyectos finales realizados por los alumnos se presentarán en dos convocatorias: julio de 2017, en primera convocatoria y septiembre de 2017, en segunda. Las sesiones presenciales de los módulos arriba expuestos serán los jueves (4 horas cada sesión), pudiendo aprovechar algún miércoles a lo largo del curso para completar el horario formativo, en el mismo horario de tarde. Antes de estas sesiones, se realizará la actividad "EUES Hora Prima" (1 hora de duración). El resto de actividades docentes realizadas dentro del Estudio Propio (visitas profesionales, seminarios...) se adecuarán a las necesidades de las mismas, así como al público externo al que están dirigidas. Además, estas sesiones presenciales se completarán con docencia no presencial, a través de la realización de casos de estudio y lecturas académicas, utilizando la Plataforma Virtual Docente de la Universidad de Zaragoza, así como otras actividades correspondientes al trabajo propio del alumno que se incluye en los créditos ECTS.

Los gastos que se derivan del presente convenio se han valorado en treinta mil euros (30.000 €), que se distribuyen atendiendo al siguiente presupuesto:

1. Gastos docentes: 15.900 €.

1.1. Presenciales: 12.300 €.

1.2. No presenciales (tutorización de proyectos): 1.800 €.

1.3. Otras actividades docentes: 1.800 €.

2. Gastos de administración (personal administrativo de apoyo): 2.000 €.

3. Gastos de coordinación (dirección del estudio, gestión EUES Hora Prima, gestión de la plataforma virtual): 2.750 €.

4. Gastos de desplazamientos (dietas de docentes y visitas profesionales): 3.500 €.

5. Otros gastos (material fungible, publicidad, medios didácticos de entrega a los alumnos): 2.250 €.

6. Costes indirectos (canon universidad): 3.600 €.

Esta distribución de gastos tendrá carácter estimativo. Se podrán realizar las modificaciones necesarias entre las distintas partidas del criterio 1. Gastos docentes, siempre que la Universidad de Zaragoza, con el fin de mejorar la calidad de la formación impartida, lo solicite y motive con suficiente antelación. Las citadas modificaciones deberán aprobarse expresamente por la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, y nunca podrán suponer un aumento de la cantidad total presupuestada.

De igual forma, cualquier modificación del programa de actuaciones establecido en este convenio, deberá ser motivado y solicitado con la suficiente antelación, y deberá ser aprobado expresamente por el Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo.

Tercera.- Aportaciones económicas de la Universidad de Zaragoza.

La Universidad de Zaragoza aporta al presente convenio los ingresos que se produzcan en el Estudio Propio (provenientes de matrículas, inscripciones en las actividades académicas, etc.), hasta un máximo de seis mil euros (6.000 €).

Cuarta.- Aportaciones económicas del Instituto Aragonés de Empleo.

El Gobierno de Aragón, a través del INAEM, aportará a la Universidad de Zaragoza el 80% de las necesidades del estudio, hasta un máximo de veinticuatro mil euros (24.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria G/3221/440041/91002 y con destino a las actividades académicas del Estudio Propio. El INAEM transferirá la totalidad de su aportación durante el año 2017, una vez justificados los gastos correspondientes conforme a lo previsto en la cláusula quinta de este convenio.

Quinta.- Justificación y pago.

La Universidad de Zaragoza acreditará la ejecución de dichas acciones mediante la aportación de una "memoria final" justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos, junto con una "memoria económica" que contendrá, al menos, una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, las correspondientes facturas u otros documentos justificativos probatorios de la aplicación de los fondos, una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad y, en su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados.

Para facilitar la justificación económica del convenio, la Universidad de Zaragoza presentará la "memoria final" y la "memoria económica" conforme a las siguientes directrices:

- La "memoria final" contendrá al menos: objetivos docentes conseguidos, resumen pormenorizado de las actuaciones realizadas, breve resumen de los proyectos finales presentados por los alumnos, y acta de evaluación final de los alumnos.

- La "memoria económica" y la totalidad de los justificantes de los gastos efectuados, originales y copias, con sus correspondientes comprobantes de pago, deberán presentarse ante el Servicio de Promoción de Empleo del INAEM antes del 20 de octubre del año en curso. Se presentará por duplicado, original y copia de todos los gastos efectuados. Las facturas y justificantes originales serán estampillados con el sello de imputación correspondiente, y se devolverá a la universidad para su archivo.

- La "memoria económica" constará de cinco carpetas numeradas, en cada una de ellas se incluirán los documentos justificativos del gasto, según sean conceptos: docentes, de administración, de coordinación, de desplazamientos y otros gastos, tal como describe la cláusula segunda de este convenio, de forma que cada gasto quede claramente identificado, y en particular, los gastos docentes, que deberán agruparse por presenciales, no presenciales o por pertenecer a otras actividades docentes, así como indicar módulo/s, actividad y número de horas impartidas en el programa del curso.

- Se deberá presentar una excel o tabla con la distribución de los gastos por partidas, tal y como se describe en la cláusula segunda de este convenio, indicando por cada gasto: el número de factura, CIF o NIF del proveedor, concepto, fecha de pago, porcentaje imputado, total factura e importe imputado.

- Cuando un gasto no se financie en su totalidad a cargo de este convenio, deberá indicarse el porcentaje imputado al mismo, y se adjuntará un informe de imputación.

- "Gastos subvencionables", son aquellos que estén directamente relacionados y sean necesarios para el desarrollo de las actividades docentes descritas en este convenio, y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen desde el 2 de noviembre de 2016 (fecha de comienzo del postgrado) al 15 de septiembre de 2017 (fecha de finalización del curso académico, según Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, de 3 de junio de 2016).

- Para facilitar la difusión y publicidad del Estudio Propio, el plazo para la admisión de gastos, únicamente para estos conceptos, se amplía a los realizados desde el 1 de septiembre de 2016 al 2 de noviembre de 2016.

- Los gastos por desplazamiento, manutención y, en su caso, alojamiento que se produzcan como consecuencia de la participación en el desarrollo del estudio objeto del presente convenio, de algún docente residente en otra localidad, serán elegibles a efectos de la subvención a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo hasta el límite máximo fijado para el grupo 2 en la normativa vigente en materia de indemnizaciones por razón del servicio para el personal que presta servicios en la Administración.

- No podrán tenerse en cuenta gastos de comidas e invitaciones protocolarias que no forman parte del contenido del Estudio, ni son gastos necesarios para el buen desarrollo del mismo.

- Se considerará "gasto realizado" el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, es decir, antes del 20 de octubre de 2017. No obstante, atendiendo al artículo 32.5 de la Ley de Subvenciones de Aragón, se considerará que el gasto ha sido efectivamente pagado cuando la universidad haya procedido a reconocer su obligación con anterioridad al 20 de octubre de 2017 y se acredite mediante certificación, emitida por la Intervención o el órgano que tenga atribuidas las facultades de control, en la que se haga constar la toma de razón en contabilidad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida. La universidad deberá acreditar el pago efectivo de dichos gastos presentando los documentos necesarios ante el Servicio de Promoción de Empleo del INAEM antes de finalizar el mes de febrero del año siguiente. De no ser así, se exigirá el reintegro de las cantidades no justificadas debidamente, así como el interés de demora correspondiente.

- Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

- La forma de acreditar el pago de los gastos a subvencionar será mediante la aportación de los correspondientes abonos o justificantes bancarios, o a través de los informes que emitan las entidades financieras con la inclusión de los apuntes correspondientes y que permitan identificar la transferencia del gasto imputado. Para la justificación de los gastos por la utilización de servicios o instalaciones de la propia universidad, se deberá acreditar con un documento de eficacia administrativa, evidenciando de manera indubitada este gasto. No se admitirán pagos en efectivo.

- Será necesario cumplir las disposiciones sobre retribuciones máximas, establecidas en cada momento por la Universidad de Zaragoza.

- Según establece la disposición adicional vigesimosexta de la Ley 4/2017, de 10 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017, la Universidad de Zaragoza podrá justificar como "costes indirectos" hasta un 15% del importe concedido por subvenciones finalistas de la Comunidad Autónoma de Aragón, destinadas a financiar este Estudio Propio. De tal forma, la Universidad de Zaragoza podrá imputar, al presente convenio, hasta un máximo de 3.600 € en concepto de "costes indirectos".

- Conforme al Reglamento de Oferta de Formación Permanente de la Universidad de Zaragoza, los alumnos matriculados en los Títulos Propios no están incluidos en el ámbito de aplicación del seguro escolar. No obstante, la Universidad de Zaragoza contratará un seguro de accidentes en nombre de los alumnos, que cubra las actividades lectivas realizadas, incluidos viajes y prácticas si los hubiere.

Deberán quedar totalmente acreditados los gastos imputados a este convenio, de los cuales el Instituto Aragonés de Empleo aportará el 80% de los mismos, con un máximo de veinticuatro mil euros (24.000 €).

El pago de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo al amparo del presente convenio de colaboración se hará efectivo del siguiente modo:

- Se podrá anticipar hasta el 25% del importe de la subvención, tras la firma del presente convenio.

- El 75% restante a la finalización de las acciones, previa presentación al Instituto Aragonés de Empleo de la "memoria económica", con los justificantes de los gastos realizados para las actuaciones previstas y de la "memoria final", con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

El pago por parte del INAEM se realizará con cargo al presupuesto del año 2017. Todas las transferencias se harán a la cuenta de Ibercaja número IBAN ES04 2085 5202 7903 3187 7298, cuyo titular es la Universidad de Zaragoza, y que está habilitada para la gestión de los ingresos y gastos correspondientes a este Estudio Propio.

Serán causas de revocación parcial de la subvención concedida, con la obligación de reintegrar las ayudas percibidas y los intereses de demora desde el momento del pago de la misma, los siguientes supuestos de posibles incumplimientos, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 43 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón:

- En el supuesto de incumplimiento de la cláusula décima, difusión pública y colocación en lugar visible de un cartel informativo según modelo normalizado durante todo el periodo docente, procederá el reintegro del 10% del total de las cantidades que se hubieran otorgado.

En el supuesto de incumplimiento de los plazos previstos en la cláusula séptima, procederá el reintegro del 5% del total de las cantidades que se hubieran otorgado.

Sexta.- Promoción, dirección y gestión del estudio.

La Universidad de Zaragoza, a través de la Facultad de Ciencias Sociales y del Trabajo de Zaragoza, asume la promoción, dirección y gestión del Estudio Propio, ante los correspondientes órganos universitarios.

Asimismo, el INAEM se compromete a dar la correspondiente difusión al Estudio Propio y las actividades que éste desarrolla en los canales de comunicación, internos y externos, que tiene establecidos para tal caso. De tal forma, el INAEM habilitará en su página web un apartado para la divulgación de este convenio con la universidad y un enlace dirigido a la página web del Estudio Propio (unizar.es/eues).

Séptima.- Seguimiento y supervisión del convenio.

Para el seguimiento, desarrollo y supervisión del curso y del convenio por parte de las entidades colaboradoras, se creará una comisión mixta integrada, al menos, por un representante de cada institución firmante, que en el caso de la Universidad de Zaragoza será nombrado por el Rector.

Por parte del INAEM, será la Sección de Economía Social y Desarrollo Local del Servicio de Promoción de Empleo del INAEM la responsable del seguimiento y supervisión del presente convenio.

La Universidad de Zaragoza se compromete a facilitar al INAEM, al inicio del curso y, en todo caso, en los 30 días posteriores a la firma de este convenio, la siguiente documentación en formato papel:

- Solicitud de cada alumno participante con breve indicación de perfil profesional y copia del DNI.

- Curriculum vitae de los docentes y coordinadores participantes en el estudio.

- Comunicación de baja de alumno o docente, en caso de producirse.

- Hojas de firma mensual de los alumnos y docentes participantes del estudio. Se indicarán, las horas efectuadas por sesión y totales del mes.

- Fotografía de cartel, según modelo normalizado, en las instalaciones docentes utilizadas.

- Documento firmado por los alumnos que acredite el conocimiento de la financiación del curso por parte del Gobierno de Aragón-Instituto Aragonés de Empleo.

- "Prueba de impresión" del material gráfico relativo a las actividades objeto del presente convenio, con carácter previo a su difusión.

- De conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma, aprobado por el Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, el Instituto Aragonés de Empleo se reserva la realización de las acciones tendentes al seguimiento y control de las actuaciones convenidas.

- Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el título IV de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Universidad de Zaragoza, como firmante de este convenio y beneficiaria de la subvención acordada en el mismo, queda sujeta, para el desarrollo de las acciones descritas en la cláusula segunda de este convenio, al control financiero que pudiera ejercerse por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en los mismos términos fijados en la normativa citada.

Por otro lado, y a efectos de comprobación de la subvención otorgada, conforme establece el artículo 35 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, el Instituto Aragonés de Empleo comprobará la adecuada justificación de la subvención, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención acordada en el presente convenio. A tal fin, y sin perjuicio de las funciones propias de la Comisión de Estudios de Postgrado de la Universidad de Zaragoza en materia de evaluación de la calidad de los títulos propios, previstas en el artículo 15 del Reglamento de Formación Permanente de la Universidad de Zaragoza, aprobado por Acuerdo de 18 de marzo de 2014, del Consejo de Gobierno de la Universidad, el Instituto Aragonés de Empleo se reserva la facultad de analizar la adecuada consecución de la finalidad de la subvención. Para ello, realizará encuestas a los alumnos participantes al objeto de medir su grado de satisfacción en aspectos tales como la adecuación de los contenidos del curso y de la docencia a la finalidad del convenio, los recursos materiales y las actividades programadas. En esta medición, se incluirán un apartado de sugerencias y de mejoras propuestas por los alumnos. El contenido de dicha encuesta se acordará en el seno de la Comisión mixta de seguimiento de este convenio y su aplicación y resultados se comunicarán formalmente a la universidad para los efectos que considere oportunos.

Asimismo, en sintonía con el objetivo de INAEM de mejora continua en cada una de las actividades que desarrolla y con la finalidad de conocer el impacto de la subvención concedida en el ámbito de la promoción, difusión y formación del cooperativismo y de la economía social y de valorar la eficacia del Estudio Propio subvencionado, se establecen los siguientes indicadores:

- Número de alumnos que, en el momento de justificación del convenio, cumplen los requisitos exigidos para la obtención del título propio y porcentaje que éstos suponen sobre el total de alumnos que iniciaron el estudio.

- Porcentaje de las personas que hayan obtenido la titulación de "Experto Universitario en Economía Social" en los tres últimas ediciones y que, en la fecha de justificación del presente convenio, desarrollan una actividad remunerada, con carácter habitual, en el ámbito de la economía social. Esta información será obtenida y tratada por el INAEM a través de los medios que considere oportunos.

Todos estos indicadores serán evaluados en el marco de la Comisión mixta de seguimiento del convenio.

Octava.- Participación de personal del INAEM.

Se reservan dos plazas del Estudio Propio para el personal dependiente del INAEM, con exención de matrícula, salvo tasas y gastos obligatorios administrativos de los estudios.

En las actividades públicas que realice el Estudio Propio (seminarios, jornadas...), podrá inscribirse el personal dependiente del INAEM con exención de gastos de inscripción o matrícula. En caso de especiales circunstancias de los actos a celebrar (capacidad del local, limitación de participantes, costes extraordinarios, etc.), se podrá, por acuerdo de ambas partes, establecer un límite en el número de reserva de inscripciones.

Novena.- Prácticas.

Los alumnos del Estudio Propio "Experto Universitario en Economía Social" podrán realizar prácticas no laborales en empresas establecidas en el apartado 2.7, del artículo 2 del Decreto 51/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan de Formación e Inserción Profesional de Aragón. Para ello, la Universidad de Zaragoza cumplirá con los procedimientos de notificación y conexión telemática con el INAEM, con el fin de que las entidades gestoras del programa de prácticas dispongan de la información necesaria para efectuar la gestión de las mismas. Esta cláusula se extiende al ámbito de las prácticas internacionales que puedan realizar los alumnos, para lo que se adaptará el correspondiente programada académico del Estudio Propio para adaptarse a la situación del alumno.

Décima.- Símbolos y signos identificativos en acciones publicitarias.

En cuantas actuaciones de publicidad o difusión pública se realicen en desarrollo de las actuaciones amparadas por este convenio, tales como catálogos, carteles, programas, folletos, comunicaciones, impresos y distintivos, deberán aparecer los símbolos o signos identificativos del INAEM y del Gobierno de Aragón, con indicación de su participación en la financiación. Asimismo, cualquier actuación en esta materia deberá cumplir lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de la Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad. La Universidad de Zaragoza facilitará al INAEM la "prueba de impresión" del material gráfico relativo a las actividades objeto del presente convenio, con carácter previo a su difusión.

A efectos de difusión pública, tanto la sede donde se centralice las actividades del Estudio Propio, como las instalaciones docentes utilizadas, deberán hallarse debidamente identificadas y señalizadas, colocando para ello, en lugar visible, un cartel informativo según el siguiente modelo normalizado que figura como anexo a este convenio.

Los alumnos deberán ser conocedores de la financiación del Estudio Propio por parte del Gobierno de Aragón; para ello, serán informados expresamente y se dejará en el expediente constancia documental apropiada.

Toda la documentación, material y medios didácticos utilizados en el curso deberá contener los símbolos identificativos del INAEM y del Gobierno de Aragón.

Asimismo, el INAEM y el Gobierno de Aragón se comprometen a utilizar todos los medios a su alcance para difundir el Estudio Propio. De esta manera, el INAEM incluirá el enlace al Estudio Propio entre la oferta de formación a emprendedores y entre la información facilitada en su web sobre empresas de economía social. De igual manera, el INAEM dará difusión en sus redes sociales y entre las listas de contactos del Estudio Propio y las actividades asociadas al mismo. Corresponde a la Universidad de Zaragoza facilitar previamente la propuesta del documento a utilizar en esa difusión.

Undécima.- Relaciones laborales o de servicios.

Toda relación laboral o de servicios de las personas que puedan contratarse o colaborar en la organización o actividades del estudio, se establecerá directamente por y con la Universidad de Zaragoza, bajo cualquier modalidad que la misma estime oportuna.

Decimosegunda.- Vigencia del convenio.

La vigencia del convenio se corresponde con el periodo de ejecución de las acciones, que han de llevarse a cabo dentro del periodo académico 2016-2017.

Decimotercera.- Otras causas de extinción.

Este convenio se extinguirá por terminación del plazo de duración, por incumplimiento de alguno de sus firmantes de las estipulaciones, requisitos y obligaciones contenidas en el mismo o por mutuo acuerdo de las partes.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación de un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él, así como por imposibilidad sobrevenida.

Decimocuarta.- Naturaleza y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo naturaleza contractual y, en consecuencia, no está sujeto a la prescripciones del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni a su normativa de desarrollo, de conformidad con lo enunciado en el artículo 4.1.c) del citado texto refundido.

Por ello, en todo lo que no se oponga al presente convenio, y en cualquier cuestión pendiente de realizar o completar, será de aplicación la normativa general en la materia recogida en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

La resolución de las controversias y diferencias que puedan surgir en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo serán de conocimiento y competencia de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Decimoquinta.- Plan Estratégico de Subvenciones del Gobierno de Aragón.

El presente convenio se encuentra recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía Industria y Empleo, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2019 y en el Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio económico 2017, y concretamente en la aplicación presupuestaria G/3221/440041/91002.

Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, y para que así conste, lo firman por cuadruplicado las partes, en la fecha y lugar arriba indicados, rubricando cada una de las páginas de que consta.

A efectos de difusión pública y conforme a lo previsto en la cláusula décima del convenio de colaboración suscrito para el periodo 2016-2017 entre el Instituto Aragonés de Empleo y la Universidad de Zaragoza, la sede donde se centralice la actividad del Estudio Propio, al amparo de dicho convenio, deberá hallarse debidamente identificada y señalizada, colocando para ello, en lugar visible, un cartel informativo según el siguiente modelo normalizado: